ACCIÓN ESTRATÉGICA EN SALUD 2025 - PROYECTOS

Recientemente se ha publicado la convocatoria de la Acción Estratégica en Salud 2025 (LEIS 2025) financiada por el Instituto de Salud Carlos III.

En caso de estar interesado/a en realizar una solicitud en cualquiera de sus modalidades, necesitamos que nos hagas llegar el documento de interés de participación junto con la documentación adicional especificada en dicho documento, a través este formulario.

Proyectos de I+D+I en Salud

Presentación de solicitudes: Desde el 18 de febrero hasta el 18 de marzo de 2025 a las 15:00h

Plazo de presentación prepropuesta a IdiSNA: 12/02/2025

Duración: 3 años.

Más información:

Los proyectos podrán presentarse según una de las siguientes modalidades:
1. Proyectos individuales: presentados por una entidad solicitante y a ejecutar por un equipo de investigación liderado por uno o por dos investigadores principales responsables.

 

2. Proyectos coordinados: constituidos por dos o más subproyectos, que deberán justificar adecuadamente en la memoria la necesidad de dicha coordinación para abordar los objetivos propuestos, así como los beneficios esperados de la misma. Cada subproyecto tendrá su equipo y estará liderado por uno o por dos investigadores principales responsables. Uno de los proyectos actuará como coordinador y será su IP o sus dos IP, en su caso, los responsables del desarrollo del proyecto. Los proyectos coordinados podrán ser convertidos de oficio en proyectos individuales si la coordinación se considerara innecesaria.

3. Proyectos multicéntricos: realizados de acuerdo a un protocolo único, en más de un centro. En este tipo de proyectos, se podrá optar por una de las posibilidades siguientes:


1. Presentar una única solicitud por el centro al que esté vinculado la persona o personas que actúen como IP y Co-IP, que actuará/n como coordinador/es, figurando en un mismo equipo todos los investigadores colaboradores, con independencia del centro desde el que participen (Multicéntrico con un centro beneficiario de la ayuda).


2. Presentar una solicitud por cada uno de los centros participantes, con uno o dos investigadores principales en su caso y un equipo de investigación por cada solicitud presentada. Uno de los proyectos actuará como coordinador y será el responsable de la coordinación científica y del seguimiento del proyecto (Multicéntrico con varios centros beneficiarios).

Requisitos del IP:

1. Estar en posesión del título de doctor
2. Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo de presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión.
3. No estar realizando un programa de FSE.
4. Tener dedicación única al proyecto solicitado dentro de cada modalidad.

Requisitos del equipo investigador:

  1. Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden ser solicitantes de esta actuación, como mínimo, durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.
  2. La expectativa de nombramiento o contratación por parte de la entidad beneficiaria con motivo de haber superado un procedimiento público de selección de personal en concurrencia competitiva se considerará vinculación suficiente.
  3. En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades sin domicilio social en España y que podrán suponer hasta un máximo del 25% del equipo investigador.

Régimen de incompatibilidades: El régimen de incompatibilidades, tanto de los investigadores principales como de los restantes miembros del equipo de investigación, vendrá fijado por el número de proyectos en los que participan y su dedicación en los mismos, siendo el siguiente:

1. Para todos ellos se entiende por dedicación única la participación en un sólo proyecto de investigación y por dedicación compartida la participación en varios proyectos.

2. La presentación de una solicitud como investigador principal en esta actuación es incompatible con la presentación de otra solicitud como investigador principal o con la participación como miembro del equipo de investigación en alguna de las siguientes actuaciones, en sus convocatorias 2025 (ver artículo 79)

a) Proyectos de Generación del conocimiento de la Agencia Estatal de Investigación
b) Acción Estratégica en Salud. Proyectos de investigación en Salud del ISCIII

3. La presentación de una solicitud como investigador principal en esta actuación será incompatible, además, con la participación como investigador principal o como miembro del equipo de investigación en un proyecto concedido en alguna de las siguientes convocatorias si tiene una fecha de finalización posterior al 31 de diciembre de 2025, de acuerdo con el plazo inicial fijado en la resolución de concesión:

a) Proyectos Generación del conocimiento de la Agencia Estatal de Investigación 2021, 2022, 2023 y 2024.

b) Acción Estratégica en Salud. Modalidad A: Proyectos de investigación en Salud del Instituto de Salud Carlos III 2023 y 2024.

4. No habrá incompatibilidades con proyectos que hayan obtenido financiación de convocatorias de Programas Marco de I+D+I, Horizonte 2020 o de Proyectos de Programación Conjunta Internacional del Espacio Europeo de Investigación (salvo lo dispuesto en sus convocatorias correspondientes), de los Planes Regionales de I+D+I las comunidades autónomas, o de cualesquiera otras convocatorias no señaladas anteriormente.

Documentación requerida: No tendrá carácter subsanable y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión.

1. Formulario normalizado de solicitud.

2. Memoria del proyecto de investigación en castellano o en inglés empleando exclusivamente el modelo normalizado correspondiente a la LEIS 2025.

3. Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII) en castellano o en inglés, generado de forma automática desde el editor CVN de la FECYT, del/los investigador/es principal/es.

En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios, se presentará una solicitud completa por cada uno de los subproyectos. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:


1. CVA-ISCIII del resto de los miembros del equipo de investigación.
2. Título de doctor en los casos en que sea necesario de los investigadores/as principales
3. Documentación de Interés Empresarial (DIE) que acredite la colaboración y vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, si las hay.
4. En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios se deberá cumplimentar, además, el informe de coordinación en modelo normalizado.
5. Todos los centros clínico-asistenciales que participen en el proyecto objeto de esta solicitud y que no sean de titularidad pública directa, deberán presentar un compromiso firmado por el representante legal que incluirá la obligación de no facturar ningún tipo de actividad a los pacientes participantes, incluidas las atenciones urgentes, las no programadas o las no previstas, sean éstas de cualquier tipo, así como el compromiso de informar a los pacientes participantes de este aspecto

Criterios de evaluación:

1. Valoración del equipo de investigación: hasta 30 puntos.

Se valorará: tipo de institución solicitante (hasta 3 puntos); vinculación y méritos del IP (contratos Juan Rodés, Miguel Servet o Ramón y Cajal, certificado R3 o I3, o actividad clínica en el SNS, hasta 3 puntos); juventud del IP (nacidos en 1980 o después, hasta 2 puntos); capacidad de atracción de talento y formación del equipo (hasta 5 puntos combinados); perfil científico del IP en los últimos 5 años (proyectos, publicaciones, patentes, impacto social, hasta 12 puntos); y adecuación de las competencias del equipo al proyecto (hasta 5 puntos).

2. Valoración del proyecto: hasta 70 puntos.

Los proyectos deberán enmarcarse en las áreas temáticas y en una o varias de las líneas prioritarias descritas en el Artículo 4.2 de la Resolución de la convocatoria. Se valorará: calidad, relevancia y viabilidad del proyecto, considerando su impacto en la ciencia en salud (hasta 15 puntos), aplicabilidad práctica y desafíos de implementación (hasta 12 puntos), participación ciudadana (hasta 3 puntos), capacidad de transferencia de resultados (hasta 8 puntos), incorporación de perspectiva de género (hasta 2 puntos), originalidad y calidad científica (hasta 7 puntos), rigor metodológico (hasta 8 puntos) y viabilidad global en términos de equipo, infraestructura, plan de trabajo y presupuesto (hasta 15 puntos).

Proyectos de Desarrollo Tecnológico en Salud (DTS)

Finalidad: Serán susceptibles de financiación proyectos de carácter aplicado para incrementar el grado de madurez de su desarrollo tecnológico en la modalidad de Proyectos de Pruebas de Concepto (PdC) o de Proyectos de Validación tecnológica de prototipos (VTP), cuyo objetivo sea promover la innovación en los centros asistenciales del SNS y la transferencia de soluciones innovadoras, así como la generación de beneficios para la comunidad, permitiendo al mismo tiempo establecer alianzas entre entidades de investigación y empresas del sector farmacéutico, biotecnológico y de tecnologías médicas y sanitarias.

Los proyectos podrán presentarse como proyectos individuales por una entidad solicitante y a ejecutar por un equipo de investigación liderado por un investigador principal responsable o como proyectos coordinados constituidos por dos o más subproyectos, que deberán justificar adecuadamente en la memoria la necesidad de dicha coordinación para abordar los objetivos propuestos, así como los beneficios esperados de la misma. Cada subproyecto tendrá su equipo y un investigador principal. Uno de los investigadores principales actuará como coordinador y será el responsable del desarrollo del proyecto

En ambas modalidades será obligatoria la vinculación de empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los proyectos, sin que dicha participación suponga ningún tipo de ayuda directa a las mismas con cargo a las subvenciones que pudieran ser concedidas en esta convocatoria.

Duración: 2 años para PdC / 3 años para VTP

Presentación de solicitudes: desde el 11 de febrero hasta el 4 de marzo de 2025 a las 15:00h

Plazo de presentación prepropuesta a IdiSNA: 03/02/2025

Limitaciones en el número de solicitudes: Máximo de dos por cada IIS, 3 para CIBER y una en el resto de los casos

Requisitos del IP:

1. Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo de presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión.

2. No estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación predoctoral ni un contrato Rio Hortega.

3. Tener dedicación única al proyecto solicitado dentro de cada modalidad.

Requisitos del equipo investigador:

1. Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden ser solicitantes de esta actuación, como mínimo, durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.

2. De igual modo este requisito de vinculación se entenderá cumplido en el caso de personal investigador contratado indefinidamente por entidades promotoras de programas de selección y captación de talento para la investigación que cumplan con lo previsto en el artículo 5.1 de la Orden de bases.

3. La expectativa de nombramiento o contratación por parte de la entidad beneficiaria con motivo de haber superado un procedimiento público de selección de personal en concurrencia competitiva se considerará vinculación suficiente.

4. En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades sin domicilio social en España y que podrán suponer hasta un máximo del 25% del equipo investigador.

Régimen de incompatibilidades: Ni el investigador principal ni los colaboradores podrán figurar en los equipos de proyectos financiados de la modalidad de Proyectos de desarrollo tecnológico en salud de la convocatoria 2024 de la AES ni en Proyectos de investigación clínica independiente de las convocatorias 2022, 2023 y 2024.

Documentación requerida: no tendrá carácter subsanable y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión.

1. Formulario normalizado de solicitud.

2. Memoria del proyecto de investigación en castellano o en inglés empleando exclusivamente el modelo normalizado correspondiente a las LEIS 2025.

3. Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII), generado de forma automática desde el editor CVN, de los investigadores principales.

En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios, se presentará una solicitud completa por cada uno de los subproyectos. Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

1. CVA-ISCIII del resto de los miembros del equipo de investigación.

2. Documentación de Interés Empresarial (DIE) que acredite la colaboración y vinculación con empresas u otras entidades públicas o privadas interesadas en el desarrollo y los resultados de los mismos, si las hay.

3. En los proyectos coordinados y multicéntricos con varios centros beneficiarios se deberá cumplimentar, además, el informe de coordinación en modelo normalizado.

Criterios de evaluación:

1. Valoración del equipo de investigación: hasta 30 puntos.

Resultados previos obtenidos y grado de protección a nivel industrial e intelectual de los mismos en relación a la propuesta presentada. Hasta 15 puntos. (Este apartado tendrá una especial consideración, no siendo susceptibles de financiación ningún proyecto no alcance la puntuación mínima de 10 puntos)

Curriculum del investigador principal y del equipo de investigación en relación con la temática del proyecto (proyectos, publicaciones, patentes y contratos/convenios con terceros). Hasta 8 puntos

IP es personal investigador joven (fecha de nacimiento 1980 o posterior): Hasta 2 puntos

Participación en programas internacionales: Hasta 5 puntos

2. Valoración del proyecto: hasta 70 puntos.

Se valorará: calidad, viabilidad, relevancia, aplicabilidad, capacidad de transferencia de resultados y la adecuación a los objetivos y finalidad de la convocatoria.

 

Proyectos de Investigación Clínica Independiente (ICI)

Duración: 4 años.

Presentación de solicitudes: desde el 12 de febrero hasta el 6 de marzo de 2025 a las 15:00h.

Plazo de presentación prepropuesta a IdiSNA: 03/02/2025

Limitaciones en el número de solicitudes: Máximo de tres ensayos clínicos por cada IIS, y por el CIBER, y una en el resto de los casos.

Más información: Proyectos con medicamentos de uso humano y/o terapias avanzadas, no promovidos por la industria farmacéutica. Serán susceptibles de financiación los proyectos de calidad contrastada dirigidos al desarrollo de ensayos clínicos con medicamentos de uso humano y/o terapias avanzadas (definidas como terapia génica, terapia celular o ingeniería tisular) que permitan objetivar avances tangibles para los pacientes y que proporcionen evidencias a las autoridades sanitarias para su implantación en el SNS. Los proyectos deberán estar referidos a las siguientes áreas temáticas prioritarias:

1. Investigación clínica con tratamientos de terapia avanzada (cuya patente, en el caso de existir, pertenezca mayoritariamente a una entidad del Sistema Nacional de Salud) incluyendo terapia celular, terapia génica e ingeniería tisular.

2. Investigación clínica con medicamentos huérfanos.

3. Investigación clínica y estudios de reposicionamiento terapéutico o diagnóstico con medicamentos.

4. Investigación clínica orientada a reducir las resistencias a los antibióticos.

5. Investigación clínica con medicamentos en poblaciones especiales, en particular en población pediátrica, o poblaciones infra-representadas en los ensayos clínicos comerciales.

6. Investigación clínica de medicamentos autorizados en condiciones reales de uso, incluyendo estudios fármaco-epidemiológicos y de seguridad clínica.

7. Investigación clínica y estudios comparativos de medicamentos en el ámbito de las estrategias de control, con impacto en la salud pública para el SNS.

8. Ensayos clínicos, incluyendo estudios fármaco-genéticos, encaminados a determinar poblaciones con distinto grado de respuesta, en eficacia y/o seguridad, a fármacos con relevancia clínica y terapéutica en la práctica asistencial.

Los proyectos presentados deberán ser ensayos clínicos en el ámbito de la investigación clínica independiente, preferentemente en fase I, II, III, sin perjuicio de que puedan ser también financiados otro tipo de ensayos clínicos, incluyendo aquellos que precisen completar las fases finales de la etapa preclínica para el inicio del ensayo clínico, si se justifica adecuadamente. Los proyectos podrán presentarse según uno de los tipos siguientes:

1. Proyectos individuales: Presentados por una entidad solicitante y a ejecutar en un único centro por un equipo de investigación liderado por uno o por dos investigadores principales responsables (IP y Co-IP) con vinculación funcionarial, estatutaria o laboral con la entidad solicitante.

2. Proyectos multicéntricos: Realizados de acuerdo a un protocolo único, en más de un centro. En este tipo de proyectos, los solicitantes podrán optar por una de las posibilidades siguientes:

a) Modalidad de estudio multicéntrico con un único centro beneficiario de la ayuda.
b) Modalidad de estudio multicéntrico con varios centros beneficiarios de la ayuda.

Los ensayos clínicos solicitados desde el CIBER solo podrán optar a la categoría de proyectos multicéntricos con un solo centro beneficiario y necesariamente tendrán que incluir investigadores de al menos dos áreas temáticas CIBER.
 

Deben ser proyectos en los que la figura del promotor debe recaer de forma exclusiva y única en la entidad gestora de la institución solicitante, quedando expresamente excluidos aquellos proyectos o ensayos clínicos en los que el promotor sea un investigador, independientemente de que esta posición la ostente a título individual o incluso en co-promoción con el centro solicitante

Requisitos del IP:

1. Pertenecer a la plantilla de la entidad solicitante, y tener formalizada con ella su vinculación funcionarial, estatutaria o laboral, como mínimo durante todo el periodo comprendido entre el plazo de presentación de solicitudes y la resolución definitiva de concesión. Debe tener actividad clínico-asistencial o capacidad demostrable para que no exista limitación en la ejecución del proyecto. Tendrán especial consideración los investigadores con actividad clínica asistencial nacidos en 1980 o fecha posterior.

2. No estar realizando un programa de FSE, ni un contrato de formación predoctoral ni contratado con cargo a un proyecto de investigación

3. No ser investigador principal de un proyecto que haya sido financiado en las convocatorias de concesión de subvenciones para Proyectos de Investigación Clínica Independiente de los años 2022, 2023 o 2024.

Requisitos del equipo investigador:

1. Tener formalizada su vinculación funcionarial, estatutaria, laboral o de formación remunerada con cualquiera de las entidades que pueden ser solicitantes de esta actuación, como mínimo, durante todo el periodo comprendido entre el plazo para la presentación de solicitudes y el momento de la resolución de concesión.

2. No podrá concurrir a esta convocatoria ningún investigador que actúe como promotor del ensayo clínico objeto de esta actuación, quedando expresamente excluida la figura de co-promotor.

3. Las personas investigadoras participantes en esta actuación no podrán figurar en más de una solicitud

4. La participación en los proyectos regulados en la presente actuación será compatible con la presentación de solicitudes y participación en otras convocatorias del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación

Documentación requerida: No tendrá carácter subsanable y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión.

1. Formulario normalizado de solicitud.

2. Memoria del proyecto de empleando exclusivamente el modelo normalizado correspondiente a la presente convocatoria, cumplimentado en inglés o castellano.

3. Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII), generado de forma automática desde el editor CVN, de los investigadores principales.

4. Historial científico de los equipos de investigación, cumplimentado en inglés o en castellano.

5. Todos los centros clínico-asistenciales que participen en el proyecto objeto de esta solicitud y que no sean de titularidad pública directa, deberán presentar un compromiso firmado por el representante legal que incluirá la obligación de no facturar ningún tipo de actividad a los pacientes participantes, incluidas las atenciones urgentes, las no programadas o las no previstas, sean éstas de cualquier tipo, así como el compromiso de informar a los pacientes participantes de este aspecto. Debe existir una referencia expresa a este compromiso en la hoja de información al paciente.

6. Compromiso emitido por la entidad solicitante y firmado por su representante legal en el que se adquiera la obligación unívoca de actuar como único promotor del ensayo clínico en el caso de concesión de la subvención objeto de esta actuación.

Criterios de evaluación:

1. Valoración del equipo de investigación: hasta 30 puntos.

a) Méritos curriculares del jefe de grupo en relación a la capacidad de liderazgo de ensayos clínicos: Experiencia previa del IP en ensayos clínicos independientes (nº de ensayos liderados y tasa de ellos que se han completado). Hasta 12 puntos.

b) IP/co-IP es personal investigador joven (con fecha de nacimiento en el año 1980 o posterior). Hasta 2 puntos.

c) Historial científico-técnico en relación a los resultados de investigación obtenidos previamente en el ámbito de la propuesta: proyectos financiados en convocatorias competitivas, producción científica, productos de transferencia a práctica clínica y traslación al sector productivo. Hasta 12 puntos.

d) Estructura del grupo o unidad: multidisciplinariedad en la composición del equipo. Trayectoria contrastada o potencial del investigador principal y del grupo en el desarrollo de actividades de I+D+I. Hasta 4 puntos.

2. Valoración del proyecto: hasta 70 puntos.

a) Calidad: Novedad, originalidad e innovación de la propuesta. Adecuación metodológica a los objetivos propuestos. Diseño estadístico (tamaño muestral, plan de análisis, análisis intermedio, determinación de límites, análisis de factibilidad, etc.), análisis de la inclusión de la perspectiva de género en la propuesta. Hasta 30 puntos. (Este apartado tendrá una especial consideración, no siendo susceptible de financiación ningún proyecto que no alcance una puntuación mínima de 20 puntos en este criterio, independientemente de la puntuación alcanzada en el resto de los apartados puntuables e, incluso, en el cómputo total de todos ellos)

b) Viabilidad: Adecuación en la composición del equipo a la propuesta; plan de trabajo, distribución de tareas y cronograma; infraestructuras disponibles y capacidad de gestión; adecuación del presupuesto solicitado a los objetivos del proyecto. Hasta 10 puntos.

c) Relevancia, aplicabilidad y capacidad de trasferencia de resultados: Relevancia clínica de la propuesta. Impacto en salud (incremento en efectividad diagnostica o terapéutica, aumento de la calidad de las nuevas prestaciones). Impacto económico (optimización en la utilización de recursos, mayor eficiencia). Impacto social (consideración de las prioridades sociales, plan de difusión de resultados a la sociedad). Hasta 20 puntos.

d) Adecuación a los objetivos y finalidad de la convocatoria: Ausencia de interés comercial. Utilización de tecnologías o fármacos novedosos. Complementariedad con otras actuaciones de I+D+I nacionales, internacionales o autonómicas. Participación de la Plataforma ISCIII de soporte para la investigación clínica o estructuras similares. Capacidad para generar sinergias y fortalecer las capacidades científico-técnicas de los centros asistenciales del SNS. Hasta 10 puntos.

 

Incorporación de nuevos Grupos al Consorcio Centro De Investigación Biomédica En Red (CIBER)

Presupuesto: 100.000 €

Presentación de solicitudes: desde el 20 de febrero hasta el 11 de marzo de 2025 a las 15:00h

Plazo de presentación prepropuesta a IdiSNA: 10/02/2025

Más información: Regular la incorporación de nuevos grupos de investigación al Consorcio CIBER en las áreas temáticas:

1. Área de Enfermedades Respiratorias

Requisitos del IP: Los investigadores participantes no podrán figurar en más de una solicitud. En casos excepcionales, cuando su contribución se considere necesaria para la viabilidad del proyecto, los equipos de investigación podrán incorporar personal cuya vinculación contractual sea con entidades que, tratándose de alguna de las previstas en el artículo 5.1 de la Orden de bases, carezcan de domicilio social en España. Este tipo de personal no podrá superar el 25% del total de los miembros del equipo.

Requisitos de los grupos de investigación: A los efectos de esta actuación, se entiende por grupo de investigación el conjunto de personas investigadoras agrupadas en torno a un investigador principal (líder del grupo) que colaboran en el estudio de una temática homogénea y que hayan colaborado conjuntamente, durante los últimos 5 años, en proyectos de investigación financiados en convocatorias nacionales o internacionales y posean un registro de publicaciones de calidad contrastada y/o en el desarrollo de patentes.

Para ser considerado como miembro del grupo, cada investigador ha de acreditar al menos dos publicaciones/patentes conjuntas y un proyecto de investigación financiado en concurrencia competitiva en convocatorias nacionales o internaciones con el investigador principal.

No podrán participar en esta convocatoria los grupos que hayan sido discontinuados
del Programa CIBER por Resolución de la Dirección del ISCIII.

Aquellos investigadores que participen en alguna estructura de investigación cooperativa no podrán participar en esta actuación, exceptuando la Red de Investigación Cooperativa Orientada a Resultados en Salud de Terapias Avanzadas

Documentación requerida: no tendrá carácter subsanable y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión

1. Formulario de solicitud suscrito por el representante legal de la entidad.

2. Currículum Vitae Abreviado (CVA-ISCIII), generado de forma automática desde el editor CVN o desde cualquier institución certificada en la norma CVN de la FECYT que ofrezca el servicio CVA del investigador principal.

3. Historial científico-técnico del grupo de investigación, que contenga el listado de integrantes del grupo y su estructura, la relación de publicaciones, proyectos y patentes de los últimos 5 años.

4. Memoria de actuaciones del grupo a realizar en su incorporación a CIBER, referida a alguno de los descriptores relacionados en el Anexo 1, en el modelo normalizado correspondiente a las LEIS 2025

Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Documento normalizado que acredite la autorización del centro beneficiario para presentar la solicitud y su compromiso de incorporar al grupo en caso de que la misma resulte concedida firmado por el representante legal de CIBER.

b) Si la institución solicitante no forma parte del Consorcio previamente, declaración del representante legal en la que se comprometa en nombre de la institución que representa, en caso de resultar seleccionado el grupo de investigación, a adherirse al convenio de creación del Consorcio y a la aceptación de sus Estatutos una vez resuelto el procedimiento.

c) Documento que acredite el cumplimiento de requisitos de los miembros del equipo de investigación, en modelo normalizado.

Criterios de evaluación:

1. Valoración del investigador principal: hasta 25 puntos. Méritos curriculares (publicaciones, financiación de proyectos de investigación, resultados de innovación y transferencia).

2. Valoración de la propuesta: hasta 45 puntos. Aplicabilidad y capacidad de transferencia; innovación; impacto.

3. Valoración de los grupos de investigación: hasta 30 puntos. Historial científico técnico y estructura de los grupos; trayectoria colaborativa contrastada o potencial del grupo; complementariedad con las líneas del área temática a la que solicita su incorporación; valor añadido que aporta el grupo en el caso de las actividades colaborativas de I+D+I.

 

Proyectos de colaboración internacional

Finalidad: El objeto de la presente actuación es financiar mediante concesión directa, de acuerdo con la disposición final tercera del Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, la participación de entidades españolas en proyectos de investigación internacionales consorciados, que hayan concurrido con éxito a convocatorias internacionales conjuntas competitivas objeto de acuerdos de programas de investigación e innovación multilaterales, relacionadas en el Anexo 2 y en las que el ISCIII participa como organismo financiador de la parte española, siempre que hubieran sido priorizadas en la evaluación llevada a cabo por el programa correspondiente y seleccionadas para financiación por el órgano decisorio del correspondiente programa, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria de los países participantes y, en su caso, de la Comisión Europea

Presentación de solicitudes: del 2 de octubre al 30 de octubre de 2025

  • ERA-Net cofund on Translational Cancer Research (TRANSCAN-3)
  •  European Partnership for Fostering an ERA for Health (ERA4Health)
  • European partnership on Transforming health and care systems (THCS)
  • European Partnership on Personalised Medicine (EP PerMed)
  • European Rare Diseases Research Alliance (ERDERA)
  • Interest Group of the European Union and Community of Latin American and Caribbean countries (EU-CELAC IG)

Incompatibilidades:

La presentación de una solicitud en esta actuación es incompatible con la participación en proyectos de programación conjunta Internacional o proyectos de colaboración internacional de la misma iniciativa y modalidad si tienen una fecha de finalización posterior al 31 de diciembre de 2025. Esta incompatibilidad solo afecta al investigador principal.

Esta incompatibilidad no tiene efecto si se participa en calidad de coordinador de la nueva solicitud o en el proyecto internacional con fecha de finalización posterior al 31 de diciembre de 2025

Documentación requerida: no tendrá carácter subsanable y conllevará la exclusión de la solicitud en el trámite de admisión

1. Formulario de solicitud
2. Copia de la memoria completa del proyecto de investigación presentado
3. Memoria presupuestaria de la ayuda subvencionable en las LEIS